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Derecho a morir dígnamente, DMD: Documento.
Puesto que la Fundación D.M.D. ha percibido que aún subsisten dudas acerca de la validez del documento “Esta es mi voluntad”, sobre todo en algunas instituciones asistenciales (clínicas y hospitales), como también entre los médicos, las enfermeras y demás profesionales de la salud, se creyó conveniente formular una consulta a juristas expertos en el tema de los derechos del paciente. Por considerarlo de importancia para nuestros afiliados, a continuación transcribimos dicho concepto jurídico.

“El derecho privado se rige por el principio que prescribe que JURIDICAMENTE ESTÁ PERMITIDO TODO LO QUE NO ESTÁ PROHIBIDO JURIDICAMENTE. En el ordenamiento jurídico colombiano no existe disposición alguna que le prohiba a una persona con capacidad decisoria y víctima de una enfermedad terminal, aceptar o no los cuidados y tratamientos que se le propongan. Por lo tanto, el médico tratante y la institución clínica u hospitalaria que tengan a su cargo la atención del paciente, deberán respetar rigurosamente su voluntad, manifestada en el documento “Esta es mi voluntad”.

A la consideración expuesta arriba debe agregarse que en nuestra legislación civil rige el principio de la autonomía de la voluntad, limitado sólo por normas de excepción, que en la materia que nos ocupa no existen.

Los derechos que de uno y otro principio se derivan, encuentran respaldo inequívoco en la Constitución de 1991, que consagra en su artículo 16 la autonomía moral de la persona bajo la forma de “libre desarrollo de la personalidad”, que en este campo no ha sido limitado.

Sobre ese derecho, y el consentimiento informado, convergentes ambos al asunto que nos ocupa, la Corte Constitucional ha consolidado una doctrina diáfana, que no deja lugar a la mínima duda en cuanto a los derechos del paciente. Al respecto pueden consultarse las sentencias T 559 de 1995, C 239 de 1997, SU 337 de 1999 y T 597 de 2001.

El anterior concepto está suscrito por los jurisconsultos Natalia Angel Cobo, Ana María De Brigard Pérez, Carlos Gaviria Díaz y Carlos Lleras De La Fuente.



Autor: Fundación Derecho a Morir Dígnamente.
 

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