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OJO CON LA GASTROENTERITIS EN LOS NIÑOS
Bogotá, Colombia (RCN) - Una de las enfermedades más comunes en los niños menores de cinco años es la gastroenteritis que causa la deshidratación, un experto nos explica qué síntomas nos están avisando que su niño la puede estar padeciendo y cuándo se trata de una urgencia médica.

CAUSAS Y TRATAMIENTO DE LA OTITIS
Bogotá, Colombia (RCN) - La otitis es una enfermedad en los oídos qué afecta a las personas a cualquier edad, como existen tres tipos, es considerada la causa más importante de pérdida auditiva en el mundo.

TECNOLOGÍA LÁSER PARA CONTRARRESTAR LAS VENAS VARICES
Bogotá, Colombia (RCN) - Con los nuevos avances, entre los que se destaca el láser, es posible realizar a los pacientes con varices un tratamiento sencillo, cómodo y eficaz. La cirugía pasa a un segundo plano mejorando la salud y la estética en quienes la padecen.

PROTÉJASE DE LOS CÓLICOS BILIARES
Bogotá, Colombia (RCN) - El constante dolor en la boca del estomago, que pasa a la espalda y en ocasiones al hombro derecho, pueden ser síntomas de los cólicos biliares. Estos se deben a la presencia de cálculos en la vesícula.

APRENDA A PREVENIR LOS HONGOS
Bogotá Colombia (RCN) - Los hongos viven en la capa superficial de la piel. Pueden localizarse en cualquier parte del cuerpo, pero se desarrollan con mayor frecuencia en las uñas y en los pies, a causa de la humedad. Tenga cuidado, pueden ser contagiosos.

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Artículos
para Mdicos |
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Legislación médica
Responsabilidad civil del acto medico.
RESPONSABILIDAD es la obligación de dar cuenta ante la sociedad por las consecuencias de un hecho o acto.
Las normas de comportamiento social tratan de proteger a las personas (naturales o jurídicas) entre sí, con el fin de evitar atropellos y lograr en esa forma la preservación del equilibrio social en general.
En términos amplios, la responsabilidad puede ser catalogada como personal (cuando sólo se debe responder ante la propia conciencia de un acto inmoral), profesional (que consiste en dar cuenta ante organismos especializados, encargados de vigilar que unas normas de desempeño de una ciencia o arte se cumplan) y jurídica (que obliga a responder ante la sociedad, en cabeza de sus jueces, por una transgresión a la ley).
La responsabilidad jurídica, a su vez, puede ser civil, particularmente cuando se atenta contra un bien o derecho de tipo privado, lo cual obliga a resarcir en forma patrimonial o pecuniaria; penal, cuando se afecta un derecho catalogado como bien social, el cual incluye la vida e integridad de los individuos de modo que cuando se viola obliga a pagar mediante sanción o pena que la sociedad impone, y responsabilidad administrativa cuando el responsable es un ente público o un servidor oficial.
La responsabilidad penal se origina en una conducta tipificada como prohibida por la sociedad. Esta responsabilidad es absolutamente personal y cesa con la muerte del individuo.
Una persona es responsable civilmente cuando en razón de haber causado un daño a otra se halle obligado a repararlo. La responsabilidad civil es la consecuencia jurídica de la relación de hecho que existe entre quien causo el daño y quien lo sufrió, de lo cual surgen las obligaciones de reparar el daño y el derecho a exigir tal indemnización.
La responsabilidad civil puede ser contractual y extracontractual. La primera se origina en el incumplimiento de obligaciones nacidas a través de un contrato. La segunda se origina en el daño al patrimonio de otra persona con quien no existe un vínculo contractual y tiene como fuente una conducta que rompe el deber de diligencia, cuidado y prudencia de las personas en sociedad. Por dar origen a un crédito, la responsabilidad civil es transmisible, es decir, puede transferirse a los herederos, quienes eventualmente deberán responder con su patrimonio de los hechos ocasionados por su pariente. Autor: Fernando Guzman Mora, MD.
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