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Legislación médica
Peritazgos médicos.
Habitualmente el requerimiento de la acción médica en calidad de perito se fundamenta en diferentes tipos de procesos, principalmente:
1) Procesos penales. Son los más comunes y hacen parte de la mayoría de las investigaciones judiciales incluidas las siguientes: lesiones personales, investigación de la muerte, causa, manera y demás circunstancias de interés judicial en muertes violentas, en muertes naturales, tanatodiagnóstico, diagnóstico de embriaguez alcohólica o por psicofármacos, exámenes sexológicos (en delitos contra la libertad y pudor sexuales), conceptos sobre edad, estados de salud (valoración médica de personas detenidas para efectos de suspenderles la detención preventiva o aplazarles la ejecución de la pena), conceptos psiquiátricos o psicológicos para casos de inimputabilidad, casos en los que se requiere el auxilio pericial en hospitalizaciones psiquiátricas involuntarias, etc.
2) Procesos civiles. Buscan del médico absolver cuestionamientos relacionados con la filiación, la capacidad legal, vida-muerte civiles etc.
3) Procesos penales, administrativos y civiles: Los anteriormente anotados en algunos aspectos y principalmente todos aquellos que tienen que ver con el mismo ejercicio profesional, como lo es la responsabilidad médica.
4) Procesos laborales. Peritaciones médicas ocupacionales, de medicina del trabajo, enfermedades profesionales, etc.
5) Procesos de salud pública. Relacionados y con el objeto de resolver entre otros asuntos de contaminación del medio ambiente, epidemias, intoxicaciones masivas, etc.
6) Procesos de investigación y docencia para el mejoramiento, establecimiento y difusión del complejo y amplio conocimiento médico que se debe tener y lenguaje jurídico que se debe manejar.
Autor: Fernando Guzmán Mora, MD.
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